Ahora
sí tienen restricciones. Entre otras, no pueden superar los límites de
velocidad.
Entre
las obras, los trancones y las ambulancias, ya no hay cómo circular por las
ciudades con tranquilidad. Y si bien es cierto que el tránsito de autos de
emergencia tiene prioridad, estos se han convertido en un dolor de cabeza más
para los conductores de vehículos particulares y públicos, quienes 'se ven a
gatas' para acomodarse en la vía cuando les pita una sirena.
Hace
pocos meses, EL TIEMPO y Citytv realizaron un largo informe sobre el control y
tráfico de estos vehículos. Aunque en ese momento el mayor problema era el mal
uso que se les estaba dando, también quedó en evidencia la falta de control que
hay sobre su tránsito, pues a ciencia cierta nadie sabe por dónde, cómo y con
cuánta prioridad deben moverse y resultan convirtiéndose en una causa más de
accidentes mortales en el complicado tránsito de la ciudad.
La
ley es clara, pero no específica, lo que da pie a interpretaciones, dudas y
omisiones. Por ejemplo, no explica qué hacer en caso de que no haya paso hacia
un lado: ¿los conductores de carros particulares se deben también pasar los
semáforos en rojo? ¿Pueden realizar las ambulancias cruces prohibidos o cometer
infracciones? ¿Qué pasa cuando este apuro deja un afectado o causa otro
accidente? ¿Quién responde?
De
acuerdo con el Protocolo para la Circulación de Ambulancias en Bogotá, firmado
por los secretarios de Salud y Distrital de Tránsito y Transporte en el 2006,
es la Secretaría de Movilidad, regida bajo las indicaciones del Código Nacional
de Tránsito, la encargada de garantizar las condiciones mínimas de circulación
de las ambulancias dentro de la capital.
Es
decir que es este mismo ente el encargado de controlar que su paso por el
complejo tráfico de la ciudad se dé teniendo en cuenta lo establecido por las
normas, garantizando también la seguridad de los demás ciudadanos, conductores
y peatones.
Lo que exige la ley
El
Código de Tránsito establece algunas normas mínimas y bastante generales sobre
el paso de los vehículos de emergencia, en general y sin ser muy específico
sobre hechos y acciones que se deben efectuar en diferentes momentos.
"Artículo
64. Cesión de paso en la vía a los vehículos de emergencia. Todo conductor debe
ceder el paso a los vehículos de ambulancias, cuerpos de bomberos, vehículos de
socorro o emergencia y de la policía o ejército, orillándose al costado derecho
de la calzada o carril y deteniendo el movimiento del vehículo cuando anuncien
su presencia por medio de luces, sirenas, campanas o cualquier señal óptica o
audible. En todo caso, los vehículos de emergencia deben reducir la velocidad y
constar que les han cedido el derecho de paso al cruzar una intersección".
¿Por
dónde deben transitar las ambulancias?
El
Código Nacional de Tránsito es claro al especificar por dónde y cómo deben
transitar las ambulancias para que los conductores de carros particulares
puedan cederles el paso y no generen más trancón y accidentes.
"Artículo
64. Parágrafo. En calzadas de tres (3) carriles deberá procurarse despejar,
como mínimo, el carril del medio para el paso de estos vehículos. Si tiene más
de tres (3) carriles, se despejará el siguiente al del carril más rápido, o por
donde lo haya demarcado la autoridad de tránsito mediante la señalización
especial. En todo caso se permitirá el paso".
El
problema es que en el país son pocas las vías de tres o más carriles y el
Código no especifica el comportamiento que deben seguir los conductores, tanto
particulares como de las ambulancias en vías de dos calzadas, en doble vía y en
carreteras.
Qué
hacer cuando se estrella contra una ambulancia
Una
de las mayores preocupaciones de los conductores de vehículos particulares y de
los peatones es que por el afán y la falta de organización puedan accidentarse
contra la ambulancia. En estos casos ¿qué se debe hacer? ¿Quién responde?
Alejandro
González, coordinador Programa APH del Centro Regulador de Urgencias y
Emergencias de la Secretaria Distrital de Salud, explicó a Vehículos que
"si una ambulancia se accidenta con un vehículo o peatón, la autoridad de
tránsito debe realizar el procedimiento de rutina como cualquier otro
vehículo".
El
caso cambia si la ambulancia está transportando un paciente crítico y si el
estrellado no está herido, el conductor debe parar para hablar con el otro
afectado y "debe informar al afectado el sitio de entrega del paciente
para allí realizar el procedimiento de reconocimiento del accidente",
asegura González.
Es
decir, que por ningún motivo puede seguir con normalidad su recorrido, pues no
pueden abandonar la escena sin cerciorarse de los daños. Si el accidente es
grave o hay heridos, se debe "notificar a la entidad propietaria de la
ambulancia para que le envíen otra móvil y realizar el trasbordo para terminar
el traslado".
Finalmente,
"si la otra parte no tuvo la culpa del accidente debe dirigirse a la
autoridad competente para interponer la denuncia respectiva o comunicarse con
la entidad responsable de la ambulancia. En el caso de las móviles del Programa
de Atención Prehospitalaria a los hospitales de la red pública las cuales son
las propietarias de las mismas responde algunas de la inquietudes al
respecto".
Tenga
en cuenta que si la ambulancia comete alguna infracción debe ser sancionada de
acuerdo al Código Nacional de Tránsito, "al ser detectada una ambulancia
cometiendo una infracción de tránsito al trasladar un paciente el policía debe
escoltar la móvil hasta el sitio de entrega del paciente y allí aplicar la
sanción respectiva".
Las
luces y las sirenas
Como
es claro, las ambulancias sólo pueden utilizar su sistema de aviso de
emergencia sonoro y luminoso cuando efectivamente lleven un paciente o se
dirijan a un accidente. De lo contrario, estarían cometiendo una grave
infracción. El problema es que se conoce que en la actualidad también son
utilizadas irregularmente para domicilios y transporte de personal.
Tanto
las luces como las alarmas de las ambulancias tienen unas especificaciones y
normas de utilización de acuerdo con la emergencia y la distancia a la que se
encuentran de su objetivo.
Alerta
visual y sonora. Se denomina 'Clave 1 ó A' y es utilizado en simultánea y
permanentemente en caso de transporte de pacientes críticos con inestabilidad
hemodinámica, dificultad respiratoria o alteración neurológica que no han
mejorado con el manejo instaurado. "Tiene como objeto solicitar a los
conductores circundantes la mayor prioridad para circular por las vías y
permite sobrepasar a otros vehículos, sin exceder el límite de velocidad
estipulado en el Código Nacional de Tránsito". Requiere de autorización de
la central o base del despacho.
Sistema
visual de alerta. Se le denomina 'Clave 2 ó B'. "Debe utilizarse en el
caso de pacientes politraumatizados estables hemodinámicamente, sin dificultad
respiratoria. Tiene por objeto proteger la ambulancia en medio del flujo
vehicular circundante y realizar una movilización lo más suave posible.
Sin
sonido ni luces. Se denomina tránsito normal o 'sin clave' al desplazamiento
sin utilización de sistemas visuales ni sonoros de alerta y debe ser empleado
cuando la móvil transite luego de terminar un servicio sin paciente a bordo.
Fuente:
Guías básicas de atención médica Prehospitalaria. Transporte de pacientes
politraumatizados. Autor: Doctor Andrés M. Rubiano.
Restricciones
para el transporte de emergencia
La
utilización de las señales visuales y sonoras tiene las siguientes
restricciones establecidas en la Guía Básica de Atención Médica
Prehospitalaria:
¿
El uso de 'Clave Uno' (emergencia) será el mínimo posible dentro de las zonas
residenciales urbanas, vías secundarias y zonas de circulación restringida.
¿
Al acercarse a IPS hospitalarias situadas dentro de áreas urbanas densamente
pobladas, se debe silenciar el sistema sonoro de alerta por lo menos 200 metros
antes de la planta física.
¿
En caso de traslado primario, los sistemas de alerta sonora se silencian al
menos 100 metros antes de llegar a la entrada del servicio de urgencias, con
excepción de situaciones de Triage I que requieran recepción inmediata y
alistamiento de equipos de trauma o paro cardiorrespiratorio.
¿
En todos los casos de desplazamiento de ambulancias terrestres, el conductor
debe observar las normas del Código Nacional de Tránsito vigente y en especial
las que se refieren a la seguridad para los ocupantes, vehículos circundantes,
vías especiales (Ej.: TransMilenio) y peatones. En los casos de utilización de
clave uno la prudencia debe ser la característica de la conducción.
No
todas son iguales
En
Colombia existen cuatro tipos de ambulancias diferentes, que varían de acuerdo
con el tipo de servicio que están prestando.
En
la práctica, las ambulancias se dividen en las de Transporte Asistencial Básico
(TAB), que se destinan al transporte de pacientes cuyo estado real o potencial
no precisan cuidado asistencial especializado, y las de Transporte Asistencial
Medicalizado (TAM), que trasladan pacientes cuyo estado potencial es de alto
riesgo y requieren equipamiento, material y personal especializado durante el
transporte.
Ambulancia
básica. Son las unidades de intervención que incorporan un equipo específico de
respuesta inicial. Están tripuladas por un auxiliar de enfermería y un técnico
en atención prehospitalaria.
Ambulancia
medicalizada. Cuenta con un equipo avanzado y está tripulado por un médico
entrenado, una enfermera auxiliar o tecnólogo en atención prehospitalaria.
Ambulancia
de traslado neonatal. Incorpora el mismo equipo de una medicalizada,
adicionando la cámara neonatal o incubadora portátil.
Trasporte
primario: es el traslado que se realiza desde el sitio de ocurrencia del evento
hasta un centro de atención inicial.
Trasporte
secundario: es el traslado que se realiza desde un centro asistencial hasta
otro centro o sitio, con el fin de completar el proceso de atención definitiva.
MARÍA ANGÉLICA VÁSQUEZ CORTÉS
REDACCIÓN VEHÍCULOS
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